Proyectando el cierre del ejercicio impositivo 2018
Operaciones que pueden disminuir la carga tributaria
12/12/2018 | 9:37
En las empresas agropecuarias, sobre todo en aquellas que tienen como fecha de cierre de ejercicio el 31 de diciembre, en esta época es necesario analizar si hay algunas operaciones que, de realizarse, puedan disminuir o al menos diferir, el monto de impuestos por tributar.
Alternativas
El uso de distintas herramientas de planificación fiscal dependerá de la actividad desarrollada, Por ejemplo, en la actividad de cría, es fundamental que la empresa ganadera programe las ventas del último trimestre. De esta planificación, dependerá el monto del impuesto por tributar allá por el mes de mayo o junio 2019.
Otro de los temas por considerar es la venta de maquinarias agrícolas. En el caso que estas no se reemplacen por otros bienes de uso, podrá utilizarse el criterio de devengado exigible. Entonces, el resultado de la venta ya no se tributará en mayo o junio de 2019, sino que una porción será en ejercicios posteriores. Con este método se logra diferir el pago del tributo a valor nominal.
Ante la adquisición de implementos agrícolas, es necesario evaluar la posibilidad de realizar contratos de leasing, que pueden ser beneficiosos en algunos casos. En cuanto al impuesto sobre los bienes personales, al no ser la maquinaria de propiedad del productor, no se tendrá en cuenta para el cálculo del impuesto. Recién lo será al ejercer la opción de compra, si es que se la ejerce. Por el lado del impuesto al valor agregado, si la empresa posee saldos a favor, tal vez le convenga leasing en lugar de compra tradicional, ya que con esta última sólo logra incrementar anticipadamente el saldo a favor que no puede recuperar.
Encontrarse inscripta y mantener la inscripción en el Registro MiPyMe, es de suma importancia para toda empresa, ya que los beneficios impositivos derivados de la misma le proporcionarán mayor flujo de fondos. Entre ellos figura el aprovechamiento del 100% del impuesto a los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta del impuesto a las ganancias y el aprovechamiento de hasta el 10% del valor de la compra de bienes de capital para computarlo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias y del bono de crédito fiscal.
En caso de que la empresa se encuentre con saldos a favor técnicos de IVA, una manera de recuperarlos es reemplazar los contratos de alquiler por contratos de pastajes. De esta manera, el valor del impuesto al valor agregado facturado por el contrato de pastaje disminuirá ese saldo a favor quedando entonces en caja el monto del IVA, que generará flujo de dinero.
Fuente: Estudio Barrero & Larroudé
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