La Corte puso límites al avance fiscal provincial sobre el comercio interno
Lisandro Balestra analizó el fallo que declaró inconstitucional un cobro tributario de Chubut y advirtió que abrió la puerta para revisar regulaciones similares en otras jurisdicciones.
25/05/2026 | 2:10La Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó posición en torno a las llamadas “aduanas internas” entre provincias, a partir de una acción declarativa de certeza vinculada a un conflicto entre Chubut e YPF. Según explicó el consultor impositivo Lisandro Balestra en Canal Rural, el caso se centró en la intención provincial de gravar con Ingresos Brutos el petróleo que la empresa trasladaba sin procesar hacia refinerías ubicadas en Buenos Aires, con destino posterior a la exportación.
“El fallo se metió de lleno en la discusión de los obstáculos que pueden establecer las provincias mediante el cobro de tributos, regulaciones, detenciones o pagos a cuenta para ingresar o salir de una jurisdicción”, señaló Balestra.
El especialista remarcó que la Corte declaró la inconstitucionalidad del cobro pretendido por Chubut y desarrolló cómo esa medida violaba distintos artículos de la Constitución Nacional. “Las definiciones que dio la Corte invitan a revisar los distintos institutos tributarios que crearon las provincias a lo largo de los años, entorpeciendo y encareciendo el comercio interprovincial”, sostuvo.
Balestra advirtió que este criterio judicial podía impactar en otros esquemas fiscales provinciales, como el tributo a la mera compra en Corrientes, y también en situaciones más restrictivas registradas en Formosa y Misiones. “En algunos casos se genera una discriminación fiscal; en otros, directamente no entrás”, afirmó.
