Se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales

En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio se amplia el listado de actividades y servicios declarados esenciales ante la emergencia sanitaria. Al igual que el resto de las actividades exceptuadas deberán tramitar el permiso para poder cirular.

03/04/2020 | 7:38

AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
Decisión Administrativa 450/2020
Amplíase el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia

1 Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
2 Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3 Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4 Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5 Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6 Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
7 Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
8 Inscripción, identificación y documentación de personas.
Aclárase que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N° 297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del artículo 6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.

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