Sigue alta la faena de hembras pero no hay liquidación
En abril la faena vacuna sumó 1 millón 60 mil animales lo que significó una caída de casi 4% respecto del registro del año pasado cuando la seca y sus efectos posteriores elevaron los envíos a frigoríficos.
30/05/2019 | 12:45Este año cambió la situación climática, los productores se encontraron con buena disponibilidad de forrajes y eso permite la retención de animales y por eso cae la oferta de ganado gordo.
En cuanto al reparto por categorías, sigue alta la participación de las hembras que en abril promediaron 52,5% del total. Si bien es alta la oferta de vacas, vaquillonas y terneras para la faena el aumento porcentual tiene que ver también con la caída en la oferta de novillos cuya participación se redujo a sólo 11% del total.
Hay menos novillos en la faena porque en los últimos 15 años se redujo su stock debido a la seca de 2008/09 y a las restricciones al comercio que impuso el gobierno anterior pero también porque en los últimos años los precios y la macroeconomía no alentaron la inversión en animales de más peso.
Otra novedad de la semana fue el decreto con los nuevos criterios de reparto de la Cuota Hilton. que quedaron plasmados en un decreto oficial según el cual para el que inicia el 1 de julio de 2019 y que termina el 30 de junio de 2020 su utilizará el criterio de past performance en cuota Hilton durante el período anterior, mientras que para los siguientes se incorporará la past performance de lo que se haya enviado como Hilton y no Hilton a la UE en los 3 períodos anteriores.
El cupo tarifario se repartirá entre dos grandes grupo: los frigoríficos se quedarán con el 90% del total mientras que los proyectos de grupos de productores recibirán el 10% restante.
El decreto además establece un fondo de libre disponibilidad que estará integrado por las toneladas que no resulten asignadas, las que los beneficiarios renuncien voluntariamente en el plazo en que la autoridad competente determine y las que surjan de la pérdida de tonelaje exportado.
Por otra parte, se prohíbe la transferencia de cuota entre firmas que resulten adjudicatarias mientras que no se considerará transferencia o cesión de cuota la producción en cualquier planta de una misma firma.
Finalmente se establece que las firmas que al 30 de junio de cada ciclo comercial no hubieran exportador la totalidad del cupo asignado y no lo resignen dentro del plazo fijado por la autoridad de aplicación se le descontará de la asignación que lo pudiera corresponder para el siguiente ciclo comercial.
